La Comisión Islámica de España (C.I.E) manifiesta que los musulmanes de España somos conscientes de la gravedad del momento debido al brote epidémico de la Covid-19. Por este motivo nos dirigimos a las entidades y comunidades musulmanas de España tras la publicación del decreto de estado de alarma y toque de queda aprobado por el Gobierno de España. A tal efecto, informamos a las comunidades musulmanas de España del "Real Decreto 926/2020, del 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por SARSCoV-2". En el mismo se aprueba el estado de alarma y se regulan los horarios, las limitaciones y las excepciones del mismo.
En el artículo 5: "Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno", se específica que el estado de alarma y toque de queda, según lo determine cada comunidad autónoma, se inicia a las 22:00h, 23:00h o 24:00h y finaliza a las 5:00h, 6:00h o a las 7:00h, con las excepciones que señala el mismo artículo. Por lo tanto, NO SE PUEDE IR A LUGARES DE CULTO EN ESTA FRANJA HORARIA.
La Comisión Islámica de España recomienda retrasar el rezo de “Alfajr” a una hora adecuada mientras las circunstancias nos lo permitan, para no incurrir en un incumplimiento de la Ley. La Comisión Islámica de España pide a las entidades y comunidades musulmanas de España que se continúen aplicando todas las medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote de la pandemia de la Covid-19. Finalmente, llamamos a los musulmanes a seguir colaborando con sus respectivos municipios para proteger así sus vidas y salvaguardar a la sociedad.
En Madrid, a 25 de octubre de 2020
Fdo: Aiman Adlbi Adlbi Presidente